Ramón Trujillo Morales, concejal de Unidas Podemos, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Municipal, presenta al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife esta Moción para su debate y aprobación, si procede, de acuerdo con la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Sería injusto no reconocer que una de las áreas en las que Sacyr es una empresa puntera en I+D es precisamente la referida a la extracción de rentas procedentes de los bolsillos de los peatones de la historia. Es impresionante ese know how que hace que mucha gente desee la marca “gestión privada” para obtener un servicio peor que el de toda la vida, pero, eso sí, a un coste mucho más elevado.

La privatización de la gestión del ciclo del agua en Santa Cruz de Tenerife, por un período de 25 años, ha conllevado posibilitar la extracción de varios millones de euros anuales de los bolsillos de la ciudadanía, en concepto de beneficios, a diferencia de lo ocurrido durante la etapa de gestión pública directa. Asimismo, ha supuesto la implantación de cobros por conceptos inexistentes en la etapa de gestión pública (por ejemplo, ingresos derivados de contadores contra incendios) y un historial de irregularidades (por ejemplo, subcontrataciones prohibidas dentro del mismo grupo empresarial), incumplimientos de lo pactado (por ejemplo, en materia de inversiones) y toda una serie de costes al erario público, no cuantificados, derivados de auditorías, intervención de la empresa, actuaciones judiciales, etc. Asimismo, la gestión privatizada ha supuesto pérdida de puestos de trabajo y una ausencia de transparencia impropia de una empresa que presta un servicio en el marco de un Estado de derecho. En suma, constatamos un modelo de gestión que carece de todo sentido económico y social para la ciudadanía, pero que tiene todo el sentido del mundo para una minoría adinerada y especializada en la captura de rentas, gracias a los gestores políticos que han posibilitado tal situación.

Sin embargo, esta moción sólo se ocupa de un aspecto de la nefasta gestión de la EMMASA privatizada y es el del acuerdo de devolución a SACYR de 59 millones de euros, pagados como parte del precio por gestionar la explotación del ciclo del agua en nuestro municipio. Un acuerdo que pone en evidencia un fallo masivo e inexplicable de los controles del Ayuntamiento para evitar que 59 millones de euros, provenientes de los bolsillos de nuestros vecinos y vecinas, acabaran en manos de SACYR, al parecer sin ningún fundamento legal. Si se ha tardado más de diez años en detectar una pérdida de 2,3 millones de euros anuales, en una empresa que, además, estuvo intervenida por el Ayuntamiento, es lógico preguntarse si siempre han estado funcionando los controles para cantidades más pequeñas. Es lógico hacerse muchas preguntas. Y, asimismo, no es comprensible que el actual gobierno municipal se haya negado a constituir una comisión de investigación para determinar qué ha fallado, qué ha pasado y qué medidas adoptar para que en el futuro esto no se vuelva a repetir. La necesidad de tal comisión de investigación es un imperativo democrático de transparencia y defensa de los intereses públicos que no puede circunscribirse a una única perspectiva ideológica. Que el grupo de gobierno actual rechace tal comisión de investigación muestra su baja calidad democrática.

Recordemos que el 1 de marzo de 2006 se formalizó el contrato entre el Ayuntamiento y la empresa adjudicataria para gestionar el ciclo del agua en Santa Cruz de Tenerife. El precio del contrato se fijó en 60.274.145,44 euros, de los que 1.274.145,44 correspondían al valor nominal de 212 acciones de EMMASA y los restantes 59.000.000 se correspondían con el canon por la utilización de bienes de dominio público afectos a la gestión de los servicios contratados.

Recordemos, asimismo, que ni en el contrato, ni en los pliegos de la licitación, ni en el informe de EMMASA sobre las ofertas de las cinco empresas concurrentes, se mencionó derecho alguno a percibir cualquier devolución de cualquier canon. Tampoco había nada en tal sentido en los estudios económicos previos para fundamentar la remuneración del contratista. Lo que sí se estableció, para retribuir al contratista, fue el derecho a obtener el 5,5% de la cifra de negocio de EMMASA (por el Know How), el eventual reparto de dividendos derivado de los resultados positivos en la gestión de EMMASA y, por último, la devolución del valor nominal de las 212 acciones a la terminación del contrato.

Sin embargo, en junio de 2007, SACYR decidió aplicar su know how en captura de rentas y planteó que los 59 millones abonados “anticipadamente por SACYR, no es precio del Contrato tal y como erróneamente se podría deducir de los documentos contractuales, sino es un coste de la gestión del servicio público”. Y ese coste “tiene carácter amortizable y debe ser reembolsado” a SACYR porque, si no, el Ayuntamiento, gracias a EMMASA, “podría incurrir en un supuesto de enriquecimiento injusto y fraude de ley”.

Es muy difícil pensar en algo equivalente en el ámbito de los actores privados. Pero la operación equivale a una situación como la siguiente: imaginemos a un particular que comprara una casa y que, posteriormente, le exigiera al vendedor que le devolviera el importe pagado por la compra. Y se quedara con la casa y con el dinero que pagó inicialmente gracias a que un catedrático de derecho administrativo le hace un informe jurídico que “demuestra” que el precio no fue precio, sino un adelanto que el vendedor tenía que devolver. Cuando algo así ocurre se evidencia una gravísima degradación institucional.

Pues bien, en junio de 2007 se produce la reunión del Consejo de Administración de EMMASA en la que se decide devolver 59 millones de euros a SACYR, a lo largo de 25 años, más los intereses por el “préstamo”. El día 12 de junio tiene lugar una reunión del Consejo de Administración en la que se da cuenta de un informe de auditoría del que se desconoce la autoría, la fecha y que, además, no consta. En esa reunión interviene el entonces alcalde de la ciudad, el señor don Miguel Zerolo Aguilar y señala que “ante el poco tiempo  con que se ha contado para el análisis del informe en cuestión, por la Intervención de Fondos así como por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento no ha sido posible su valoración, por lo que propone se posponga la toma de decisiones hasta una próxima sesión del Consejo el día 27 de junio de los corrientes”.

El 27 de junio se produjo una nueva reunión del Consejo de Administración de EMMASA, aunque no consta que se pidieran informes ni a Intervención, ni a la Asesoría Jurídica. Lo que sí hay es un informe de esa fecha, encargado a la entidad Ernst & Young, que viene a justificar la deuda de EMMASA con SACYR por 59 millones. En la denuncia interpuesta por la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Denuncia 66/2021) se afirma que “dicha interpretación no se compadece con el tenor literal de los Pliegos ni del contrato ni con la situación financiera de EMMASA en esa fecha. Es más supone una alteración de ambos en perjuicio de la entidad generando una situación de privilegio para el socio privado (que al finalizar el periodo de vigencia del contrato no habría incurrido en gastos beneficiándose en consecuencia de la gestión de un servicio público a coste cero) y con menoscabo de quienes concurrieron al proceso licitatorio previo”.

Asimismo, ese día se emite otro informe anónimo, sobre el que no consta la razón de su encargo, que lleva por título “Cierre de Cuentas Anuales Ejercicio 2006. Canon de derecho de uso: su imputación en el balance” y que también propone que SACYR recupere los 59 millones de euros. Y, por último, el día 22 de junio había emitido otro informe el señor don Francisco José Villar Rojas, catedrático de derecho administrativo de la Universidad de La Laguna, sin que conste decisión expresa, ni expediente administrativo de contratación. Ese informe, según la denuncia presentada por la Fiscalía, pretendía “dar una apariencia de legalidad a lo que se iba a decidir seguidamente” en el Consejo de Administración. Así pues, las siete personas que acudieron a ese Consejo votaron, por unanimidad, la devolución a SACYR de los 59 millones. También acordaron la reformulación de las cuentas y algunas cuestiones más. “Tales decisiones”, señala la Fiscalía en su denuncia, “no tienen respaldo ni en los Pliegos ni en el contrato firmado y se sustentan en unos informes carentes de toda base”.

Con posterioridad, en la aprobación de las cuentas anuales siguieron participando personas que habían votado la adopción del acuerdo descrito. Sin embargo, la última reunión de aprobación de cuentas anuales en la que participaron personas responsables de tal acuerdo se produjo el día 15 de abril de 2011 y en ella sólo estuvieron los señores Zerolo Aguilar y Abril-Martorel Hernández (este último en representación de SACYR).

A raíz de la denuncia interpuesta por Unidas Podemos, la Fiscalía procedió a incoar las Diligencias de Investigación Penal número 12/2021 y, posteriormente, formuló la denuncia que quedó registrada bajo el número 66/2021. A continuación, el día 14 de abril de este año el Juzgado de Instrucción Número 3 emitió un Auto en el que ordenó la incoación de diligencias previas 710/2021 “respecto a los investigados Miguel Zerolo Aguilar y Pablo Abril-Martorell Hernández” por la “presunta comisión de los delitos de malversación de caudales públicos del art. 432.1 del Código Penal y de Prevaricación Administrativa del art. 404 del mismo texto legal, siendo responsable civil la entidad SACYR”. El Auto ordena una pericial económica y financiera, declaraciones de testigos y otras diligencias para investigar la decisión de devolver los 59 millones de euros a SACYR.

Por lo tanto, se van a investigar aspectos presuntamente delictivos de la desastrosa gestión del ciclo del agua en Santa Cruz de Tenerife causada por la privatización del servicio. Lógicamente, las responsabilidades que puedan determinarse son de la máxima importancia a la hora de cuantificar los daños económicos causados a la ciudadanía y decidir cómo repararlos. Todo apunta a una posible reformulación de las cuentas de EMMASA de todos estos años y se abre la posibilidad de que, si hubo prácticas corruptas ilegales, sean objeto de sanción.

Por todo lo expuesto, proponemos al Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz el siguiente

ACUERDO

Al amparo de los artículos 109 bis, 110 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, INSTAR la realización de las gestiones conducentes a la inmediata personación del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife como Acusación Particular en las Diligencias Previas 710/2021 que se siguen en el Juzgado de Instrucción nº 3 de esta capital, dada la condición de esta Corporación como víctima-perjudicada por los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación que son objeto de investigación judicial.