Yaiza Gorrín Rodríguez, concejala de Grupo Municipal Unidas Podemos, al amparo de lo dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Conocer las diferentes realidades que se dan en un territorio determinado, sus necesidades, demandas y propuestas resolutivas expuestas por las personas que las viven, debería ser una de las tareas prioritarias de las y los representantes públicos a la hora de tomar decisiones políticas que afectan a la ciudadanía en general.
El Ayuntamiento como institución de cercanía y servicio a las vecinas y vecinos debe ser un organismo vivo, en constante evolución, accesible, abierto, transparente y participado.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 69, establece que “Las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local”. Asimismo, el Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (BOP nº 009/2006, de 18 de enero), manifiesta, en sus artículos 24. “Funcionamiento de las Comisiones:
- Las Comisiones del Pleno ajustarán su funcionamiento, en lo que proceda, a las normas previstas para el Pleno en el presente Reglamento”, y 30. “Derecho de participación:
1.- Las entidades ciudadanas podrán solicitar la inclusión en el Orden del día del Pleno, o de la Comisión correspondiente, de cualquier propuesta relacionada con sus competencias respectivas, en los términos establecidos en el presente Reglamento. Asimismo, dichas entidades, podrán solicitar una exposición ante el pleno o la Comisión respectiva, en relación con algún asunto incluido en su orden del día, en cuya tramitación administrativa hubiesen intervenido como interesados o mediante representación.
2.- De igual modo, podrán solicitarse intervenciones por los vecinos a título individual, en asuntos que, figurando en el orden del día del Pleno o de la correspondiente Comisión, les afecten directamente, salvo en aquellos casos en que se haya iniciado procedimiento administrativo o judicial previo.
3.- El acuerdo que deniegue el ejercicio de este derecho, que deberá ser motivado, se comunicará al solicitante con anterioridad a la celebración de la Sesión correspondiente.
Las solicitudes de intervención a que se refieren los puntos anteriores, habrán de efectuarse con una antelación mínima de veinticuatro horas a la celebración de la correspondiente sesión, mediante escrito dirigido al Presidente donde se exprese de forma razonada el interés en el asunto y su legitimación para intervenir. Las intervenciones se harán antes de la lectura, debate y votación de la propuesta incluida en el orden del día. Cada intervención podrá tener una duración máxima de cinco minutos y cuando se sucedan diferentes intervenciones relacionadas con el mismo asunto, el conjunto de estas no superará los quince minutos, repartiéndose el tiempo entre todas ellas”.
Por otra parte, el artículo 3 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (BOP. nº 044/2010 de 5 de marzo), formula: “El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a través de las presentes Normas pretende los siguientes objetivos, que servirán, en su caso, como criterios de actuación:
– Hacer efectivos los derechos y deberes de los vecinos de este Municipio, recogidos en el artículo 18 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
– Impulsar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, estableciendo nuevas vías de participación que garanticen el desarrollo de la democracia participativa y la eficacia de la acción pública.
Es necesario añadir el concepto de “accesibilidad universal” (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social) a la hora de ejecutar las normas señaladas, concretamente la accesibilidad informativa, para garantizar la efectividad de estos derechos.
Por todo lo expuesto, la concejala de Unidas Podemos eleva a la consideración del Pleno de la Corporación Municipal la adopción de los siguientes
ACUERDOS
- Incluir la Participación Ciudadana en la Comisión de Control del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
- Disponer de un sistema de sonido efectivo durante la celebración de la mencionada Comisión.
- Disponer del servicio de interpretación de lengua de signos en la celebración de la mencionada Comisión.
- Difundir públicamente la celebración de la mencionada Comisión, mediante grabación y retransmisión en directo.
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de julio de 2019