Dolores Espinosa, concejala de Grupo Municipal Unidas Podemos, al amparo de lo dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La regulación del alquiler vacacional en zonas residenciales constituye una necesidad social para prevenir que esta modalidad extrahotelera dispare el encarecimiento y la escasez del mercado inmobiliario residencial, así como evitar problemas de convivencia entre el uso turístico y el residencial, entre otros factores.
En Canarias se estima que hay cerca de 39.000 viviendas anunciadas como alquiler vacacional, según datos publicados en un estudio del Gobierno de Canarias que data de diciembre de 2020, que indicaba una tendencia al alza y datos publicados en febrero de 2022 por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Ese estudio cifra en 159.671 camas en viviendas vacacionales. Tenerife es la isla con mayor número, con 15.053 viviendas ofertadas y 62.056 camas, y en Santa Cruz, con un 1,19% de sus viviendas de alquiler vacacional, según datos de 2020, pero donde, con datos de 2016, más de una de cada cuatro camas turísticas era de alquiler vacacional, estamos a tiempo de regular este fenómeno, que tiende a acelerarse gracias a las plataformas digitales, para prevenir efectos adversos en la economía turística.
Es cierto que el alquiler vacacional representa una fuente complementaria de ingresos para muchas familias canarias, pero es importante distinguir en la regulación entre el alquiler vacacional que contribuye a mejorar economías familiares residentes en Santa Cruz de Tenerife y el que constituye una estrategia para rentabilizar los recursos de grandes inversores, que además no residen en la ciudad.
Por otra parte, no debemos pasar por alto que, de acuerdo con datos de Exceltur, por cada 100 camas dedicadas al alquiler vacacional se crean 3,7 empleos en áreas urbanas y, por cada 100 camas en establecimientos reglados, se generan 17,9 empleos. En España, cada plaza de alquiler vacacional genera un promedio de 4.932 euros anuales y cada plaza reglada 24.155 euros. Son indicadores que advierten de los riesgos, para la generación de riqueza y empleo, de que el alquiler vacacional crezca de manera descontrolada, todo ello sin perjuicio de la exigencia que debemos tener con la patronal del sector de la oferta turística reglada (hotelera y extrahotelera) para poner coto a la precariedad laboral.
El efecto del alquiler vacacional en el precio de la vivienda residencial está constatado. Así, un estudio de los profesores de la Universidad de La Laguna (ULL) Juan Samuel García, María del Carmen Díaz y Alejandro Armas (Universidad de Leipzig) han estudiado los procesos de desposesión y gentrificación que tras el inicio de la crisis en 2008 se reproducen en las áreas urbanas. Entre sus conclusiones destaca que “ese proceso adquiere especial importancia en los barrios céntricos que han conocido desde hace décadas, como ocurre en El Toscal, procesos de gentrificación y en los que el avance de esa sustitución social se ve ahora favorecido por la penetración del alquiler con fines turísticos». En esta investigación, publicada en el Boletín de la Asociación Española de Geografía, se detalla la “clara confluencia entre las áreas que registran una mayor densidad de desahucios y las que concentran la mayor parte de la oferta de esta modalidad de arrendamiento [alquiler vacacional]”.
Las dificultades de acceso a la vivienda en municipios metropolitanos como Santa Cruz de Tenerife, que además aspiran a aumentar el peso del turismo en su economía, es preciso frenarlas y no agravarlas con el alquiler vacacional. Hay que tener en cuenta que Tenerife no para de crecer demográficamente, adelantó hace años a Gran Canaria en aumento de población y es la que más inmigrantes recibe, pero Santa Cruz pierde habitantes, y la principal hipótesis para explicar esta tendencia tiene que ver con la dificultad para acceder a una vivienda por la especulación en el mercado inmobiliario. Así lo expuso en noviembre de este año el profesor de Geografía de la Universidad de La Laguna Luis Jerez ante la Comisión parlamentaria sobre el reto demográfico y el equilibrio poblacional en Canarias.
A ello hay que añadir los preocupantes datos del sinhogarismo en Tenerife que refleja un estudio realizado en 2021 por Cáritas Diocesana, que identificó a 2.738 personas en situación de exclusión residencial extrema en la isla, casi un millar superior a las 1.784 del segundo semestre de 2020, que fue la primera vez que se hizo este trabajo de campo, encargado por el Cabildo tinerfeño. Cerca de mil de estas personas que duermen en la calle o en infraviviendas se encuentran en Santa Cruz.
Hay que poner de relieve también que la principal patronal turística de la provincia, Ashotel, ha llegado a señalar que las dificultades para encontrar trabajadoras y trabajadores que demanda el sector alojativo reglado se deben a los graves problemas para alquilar una vivienda donde residir a precios razonables en zonas turísticas, un hecho que achaca a tres circunstancias: el retraso en la construcción de vivienda pública; las bolsas de vivienda ejecutadas por las entidades financieras y vendidas a fondos buitres tras la crisis de 2008; y la conversión de una parte de viviendas residenciales en vacacionales.
Regular esta actividad, como es sabido, no está siendo fácil (como se ocurrió con el Reglamento decretado por el Gobierno canario en 2015) con litigios por parte de asociaciones del alquiler vacacional y sentencias judiciales que han obligado a ir definiendo mejor el alcance y el método de esta regulación. Pero ello no es óbice para que diferentes ayuntamientos en España hayan ejercido ya su autonomía y su voluntad política, y tienen en vigor ordenanzas sobre esta materia, como Barcelona, San Sebastián y Bilbao; y, desde 2020, Las Palmas de Gran Canaria modificó su Plan General de Ordenación para establecer restricciones, de modo que cuando convivan los dos usos -turístico y residencial- en un mismo edificio, los pisos turísticos deben estar situados siempre por debajo de las casas familiares; y, además, deberán tener acceso independiente al de los vecinos, con escaleras y ascensores distintos.
En la actualidad, el Gobierno canario tramita un decreto para aprobar un Reglamento de Viviendas de Uso Turístico
Es importante subrayar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con una sentencia dictada el 22 de septiembre de 2020, viene a avalar la normativa francesa que exige una autorización administrativa previa para el alquiler de viviendas residenciales a turistas, cuyo objetivo es garantizar una oferta suficiente de las destinadas al arrendamiento a largo plazo a precios asequibles.
En cuanto a los criterios de concesión de las autorizaciones previstas por esta normativa, el TJUE establece que estos deberán ser proporcionales, claros, inequívocos y objetivos, además de públicos, accesibles y transparentes.
Y en el ámbito español, una sentencia del Tribunal Supremo dictada en 2020 dio la razón al Ayuntamiento de Bilbao en su competencia para regular el alquiler vacacional en su Plan General de Ordenación, desestimando un recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia. Según el Supremo, un ayuntamiento “se halla legitimado e incluso obligado a promover la ordenación urbanística necesaria que concilie la satisfacción del derecho a la vivienda con el destino de determinadas viviendas al alojamiento turístico, sin que resulte razonable la alternativa de dejar en manos del mercado la decisión al libre albedrío de los propietarios de las viviendas, puesto que ello puede poner en peligro el derecho a la vivienda de los ciudadanos, ya sea por la insuficiencia del parque residencial resultante, por el encarecimiento de los arrendamientos con una finalidad residencial”.
El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, anunció en 2018 una ordenanza que regularía esta modalidad turística emergente, limitándola a las viviendas de más de diez años de antigüedad, con la excepción de los inmuebles que sean objeto de rehabilitación en los conjuntos históricos, y con previa comunicación de cambio de uso y otra de inicio de actividad clasificada. En la propuesta, de la que se informó entonces en nota de prensa, se dividía la ciudad en dos áreas: por un lado, el Antiguo Santa Cruz, El Toscal y Barrio de Los Hoteles-Pino del Oro, y por otro, el resto del municipio.
La futura ordenanza, según argumentó entonces el gobierno que también presidía el actual alcalde, «busca hacer compatible el uso residencial con el uso turístico de las viviendas y conciliar el libre ejercicio de una actividad económica y la libre competencia con el derecho a la convivencia, a la intimidad personal y familiar, a la vivienda y al arraigo de los residentes».
La anunciada, pero nunca tramitada, ordenanza, llegó a decir el regidor municipal en un comunicado, «pretende colocar a Santa Cruz en la mejor posición de partida para la aplicación del futuro decreto del Gobierno de Canarias que reglamentará la actividad turística de vivienda vacacional».
En septiembre de 2020, si embargo, el entonces concejal de Urbanismo, Carlos Tarife, descartó elaborar una ordenanza para regular el alquiler vacacional ante la anulación del Plan General de Ordenación que dejaría en vigor la adaptación básica de 2005 del planeamiento, que permite el uso turístico de las viviendas, aunque sí se mostró dispuesto a procurar que se cumplan otras leyes sectoriales para evitar que grandes empresas se hagan con edificios al completo y exploten los pisos como alquiler vacacional.
Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS que el Pleno, debata y apruebe, si lo estima conveniente, los siguientes
ACUERDOS
1 Poner en marcha los trámites para la elaboración de una ordenanza que regule el alquiler vacacional en Santa Cruz de Tenerife.
2 Estudiar, para su plasmación en dicha ordenanza, medidas que desincentiven que grandes empresas de capital riesgo inviertan en inmuebles residenciales para su uso como alquiler vacacional.