MOCIÓN que presenta el Grupo Municipal Unidas Podemos, sobre Programa Municipal de Acceso a Vivienda para Jóvenes. Dolores Espinosa, concejala de Grupo Municipal Unidas Podemos, al amparo de lo dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El derecho a una vivienda digna está consagrado en la Constitución Española y es deber de todas las Administraciones públicas promover las condiciones para que este derecho se cumpla. Esa y no otra, es la razón por la que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife está construyendo en este mandato nuevamente viviendas sociales, o por la cual los servicios sociales deben atender a las personas sin hogar y por la que da ayudas al alquiler a personas vulnerables, entre otras acciones.

Pero el Consistorio puede tomar otras medidas, además de reforzar las que ya tiene puestas en marcha. La que se propone en esta moción persigue apuntalar las políticas públicas en favor de dar a la juventud la posibilidad de tener un proyecto de vida, en el que la vivienda es para muchas personas de entre 18 y 35 años un bien inaccesible, se tenga o no trabajo.

Hay que tener en cuenta que, en 2021, Canarias era la quinta comunidad autónoma con una menor tasa de emancipación residencial juvenil de España. Tan solo el 14,5 % de la población joven había conseguido abandonar el hogar original.  Las razones son múltiples: de un lado, a la alta tasa de paro y de población en riesgo de pobreza y exclusión social, y, de otro, la falta de suficientes viviendas de protección oficial y el encarecimiento de la renta de las viviendas libre en alquiler.

En este contexto, cuando una persona joven pretende alquilar una casa, se encuentra con la dificultad de la exigencia de unas garantías y gastos para poder formalizar el contrato con la parte propietaria del inmueble. Este requisito llega a ser el que imposibilita cerrar el acuerdo y, por tanto, el joven o la joven no pueden ejercer el derecho constitucional a una vivienda digna.

En estas circunstancias, el Ayuntamiento coadyuvar a afrontar los gastos adicionales al pago de la renta mensual. Entre esas posibilidades está la de actuar como avalista, durante al menos dos años y para alquileres no superiores 600 euros mensuales, teniendo el aval la consideración de una ayuda temporal que en realidad se podría recuperar, si no se ejecuta. Se trataría, en cualquier caso, de una ayuda de alquiler social, lo que justificaría su utilidad pública, para garantizar el derecho a una vivienda.

Como el objetivo de esta moción es ayudar en los gastos y garantías iniciales que faciliten la firma del contrato, la finalidad que persigue esta moción también abarca dar cobertura a posibles fianzas o la suscripción de un seguro de impagos.

De esta medida podrían beneficiarse personas o familias de entre 18 y 35 años, cuyos ingresos totales no superaran tres veces el IPREM (cuya cantidad está fijada en 2022 en 579 euros mensuales).

Las personas propietarias de viviendas que participen en este programa podrían beneficiarse de una bonificación en el IBI y tendrían que inscribirse en una bolsa de viviendas vacías para jóvenes. El importe máximo mensual de la renta del inmueble no podría superar los 600 euros.

Por todo lo expuesto, la concejala de Unidas Podemos, eleva a la consideración del Pleno de la Corporación Municipal la adopción de los siguientes

 ACUERDOS

1.- Poner en marcha un programa de ayuda al alquiler de viviendas para jóvenes, residentes en el municipio, para la cobertura de garantías u otros conceptos de gastos iniciales que faciliten la firma del contrato entre arrendatario y arrendador, para rentas de hasta 600 euros mensuales.

2.- Llevar a cabo las previsiones presupuestarias y de medio humanos y materiales para gestionar desde 2023 que el Ayuntamiento actúe de avalista en los contratos de alquiler o financie un seguro de impago, durante dos años, o cualquier otra fórmula legal con igual finalidad y efecto.

3.- Crear un registro municipal de viviendas vacías, en el que los propietarios se inscriban para poder participar en este programa.

4.- Establecer una bonificación en el IBI a los propietarios que participen en este programa, durante el periodo fiscal que abarque el contrato de arrendamiento. Incluir esta bonificación en la ordenanza fiscal correspondiente para 2023.